El impuesto diferido es un mecanismo financiero de reconocer los impuestos que se pagan anticipadamente (activo por impuesto diferido) y las obligaciones futuras de pagar impuestos (pasivo por impuesto diferido).

El Impuesto Diferido acorde al glosario de términos del Estándar para pymes (2015)  es un Impuesto a las ganancias por pagar (recuperable) por las ganancias (o pérdidas) fiscales de periodos futuros sobre los que informa como resultado de hechos o transacciones pasadas.

Lo cual quiere decir, que un gasto o ingreso por impuesto diferido afectará las ganancias o pérdidas en periodos futuros y por ende, tiene incidencia en el impuesto de renta que se informa en el estado de resultados, pero no cambia el valor liquidado fiscalmente (denominado en NIIF como Impuesto Corriente), pues dicho cálculo sólo corresponde a la Administración Tributaria.

El Gasto por impuesto diferido incrementa el impuesto a las ganancias (financiero no fiscal) y refleja que se ha reconocido ingresos contables en el periodo pero que fiscalmente serán ingresos en el futuro.

El Ingreso por impuesto diferido disminuye el impuesto a las ganancias (financiero no fiscal) y refleja que se ha reconocido gastos contables en el periodo y que en el futuro serán deducciones fiscales.

Las revaluaciones que se reconocen en el ORI y se acumulan en patrimonio como Superávit (por ejemplo, las de Propiedades, Planta y equipo), y que generan impuestos diferidos, no afectan el impuesto a las ganancias, sino que disminuyen el superávit, pues así como no se han reconocido en los resultados, tampoco afectan el impuesto. Eso sí, afectan los pasivos por impuestos porque en el futuro si se pagarán impuestos.

El impuesto diferido hace parte del impuesto a las ganancias que se muestra en el Estado de Resultados, es decir, es el impuesto financiero compuesto por el valor liquidado según la administración de impuestos (impuesto corriente) y las diferencias temporarias (impuesto diferido) originadas por momentos distintos de reconocimiento entre lo establecido en las normas contables y lo estipulado por las normas tributarias.

Esto permite establecer el impuesto financiero real y no el calculado únicamente por la legislación fiscal. Simultáneamente, los activos y pasivos generados le indican a los usuarios que existen montos pendientes por recuperar (activos) y montos pendientes por pagar (pasivos).

Realizado por Equipo AprendeNIIF:

-Juan Sebastian Canizales Bedoya

-Jasmin Giraldo Jaramillo

Revisado por Edmundo Flórez Sanchez

1 comentario

Deja una respuesta