Inicio › Foros › 7 ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO › Manejo de sobregiros en una entidad › Respuesta a: Manejo de sobregiros en una entidad
Los sobregiros bancarios, pueden llegar a tener diferentes tratamientos; en primera instancia la niif para pymes en la sección 7 párrafo 2 cita: “… los sobregiros bancarios se consideran normalmente actividades de financiación similares a los préstamos. sin embargo, si son reembolsables a petición de la otra parte y forman una parte integral de la gestión de efectivo de una entidad, los sobregiros bancarios son componentes del efectivo y equivalentes al efectivo.”
Esto indica que lo sobregiros pueden llegar a presentarse como equivalentes al efectivo si la empresa utiliza el sobregiro para su operación normal, este podría considerarse como parte de equivalentes al efectivo, de lo contrario pueden presentarse como instrumentos de deuda.
En cuanto a su medición, este tipo de préstamos bancarios deben de medirse según lo planteado en la sección 11 párrafo 13 “… para un préstamo recibido de un banco, inicialmente se reconoce una cuenta por pagar al importe presente de cuenta por pagar en efectivo al banco (por ejemplo, incluyendo los pagos por intereses y el reembolso del principal)”, lo que permite indicar que la obligación deberá de estar medida al valor del préstamo más los respectivos intereses que este contenga deberá de irse amortizando según los abonos que se realicen.