Inicio Foros 11 INSTRUMENTOS FINANCIEROS BÁSICOS Reconocimiento en los años posteriores de una cuenta por cobrar deteriorada. Respuesta a: Reconocimiento en los años posteriores de una cuenta por cobrar deteriorada.

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Cordial Saludo

Según en el párrafo 11.21, “Al final de cada periodo sobre el que se informa, una entidad evaluará si existe evidencia objetiva de deterioro del valor de los activos financieros que se midan al costo o al costo amortizado. Cuando exista evidencia objetiva de deterioro del valor, la entidad reconocerá inmediatamente una pérdida por deterioro del valor en resultados”.

Párrafo 11.26: “Si, en periodos posteriores, el importe de una pérdida por deterioro del valor disminuyese y esta disminución puede relacionarse objetivamente con un hecho ocurrido con posterioridad al reconocimiento del deterioro (tal como una mejora en la calificación crediticia del deudor), la entidad revertirá la pérdida por deterioro reconocida con anterioridad, ya sea directamente o mediante el ajuste de una cuenta correctora. La reversión no dará lugar a un importe en libros del activo financiero (neto de cualquier cuenta correctora) que exceda al importe en libros que habría tenido si anteriormente no se hubiese reconocido la pérdida por deterioro del valor. La entidad reconocerá el importe de la reversión en los resultados inmediatamente.”

De acuerdo con el párrafo anterior, no se revertirá el deterioro a pesar de que el plazo ha disminuido y el valor presente se incrementaría. El estándar establece que se necesita una evidencia objetiva de la mejora de la calificación crediticia.

Si después del tiempo estipulado, el cliente efectivamente realiza el pago, se recomienda reconocer un ingreso por la recuperación de deterioro de cartera directamente en el estado de resultados.