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Una provisión es:
Una entidad sólo reconocerá una provisión cuando:
Una entidad mide una provisión como la mejor estimación del importe requerido para cancelar la obligación, en la fecha sobre la que se informa. Cuando la provisión involucra a una población importante de partidas, la estimación del importe:
Una entidad mide una provisión como la mejor estimación del importe requerido para cancelar la obligación, en la fecha sobre la que se informa. Cuando la provisión surge de una única obligación, la estimación del importe:
Un fabricante ofrece garantías a los compradores de su producto en el momento de realizar sus adquisiciones. En virtud de las condiciones del contrato de venta, el fabricante se compromete a subsanar, por medio de la reparación o de la sustitución de los productos, los defectos de fabricación que se pongan de manifiesto en el transcurso de un año desde el momento de la transacción. Sobre la base de la experiencia, es probable (es decir, con mayor probabilidad de que ocurra que de lo contrario) que se presenten algunas reclamaciones en el periodo de garantía.
A lo largo de 20X1, se realizaron ventas por 10.000.000 u.m. de forma uniforme.
Al 31 de diciembre de 20X1, se espera que los desembolsos por reparaciones y sustituciones de productos en garantía vendidos en 20X1 se efectúen el 50 por ciento en 20X1 y el 50 por ciento en 20X2. Para simplificar, supongamos que todas las salidas de beneficios económicos de 20X2 relacionadas con reparaciones y sustituciones de productos en garantía se efectuaron el 30 de junio de 20X2.
La experiencia indica que el 95 por ciento de los productos vendidos no requieren reparaciones en garantía, el 3 por ciento de los productos vendidos requieren reparaciones menores que cuestan el 10 por ciento del precio de venta y el 2 por ciento de los productos vendidos requieren reparaciones importantes o sustitución que cuestan el 90 por ciento del precio de venta. La entidad no tiene motivos para creer que las reclamaciones futuras por la garantía serán diferentes de lo que indica la experiencia.
Al 31 de diciembre de 20X1, el factor de descuento adecuado para los flujos de efectivo que se espera que se produzcan el 30 de junio de 20X2 es de 0,95238.
Además, el factor de ajuste por riesgo adecuado para reflejar las incertidumbres en las estimaciones del flujo de efectivo es un incremento del 6 por ciento en los flujos de efectivo esperados ponderados por la probabilidad.
Al 31 de diciembre de 20X1, la entidad reconoce una provisión por garantías medida a un valor de:
Una entidad es la parte demandada en un litigio por infracción de patente. Los abogados de la entidad creen que hay un 30 por ciento de probabilidad de que el tribunal desestime el caso y de que la entidad no deba incurrir en salidas de beneficios económicos. Sin embargo, si el tribunal falla a favor del demandante, los abogados creen que hay un 20 por ciento de probabilidad de que la entidad tenga que pagar 200.000 u.m. (importe exigido por el demandante) por daños y perjuicios y un 80 por ciento de probabilidad de que tenga que pagar 100.000 u.m. (importe otorgado recientemente por el mismo juez en un caso similar) por daños y perjuicios. Es poco probable que haya otros desenlaces.
Se espera que el tribunal emita el fallo a fines de diciembre de 20X2. No hay indicios de que el demandante esté dispuesto a llegar a un acuerdo extrajudicial.
Para reflejar las incertidumbres en las estimaciones del flujo de efectivo, se considera adecuado un factor de ajuste por riesgo del 7 por ciento en los flujos de efectivo esperados ponderados por la probabilidad.
Una tasa de descuento adecuada es del 10 por ciento por año.
Al 31 de diciembre de 20X1, la entidad reconoce una provisión por el litigio medida a un valor de:
Los hechos son iguales a los de la Pregunta 6. Sin embargo, en esta pregunta, debido a circunstancias extremadamente excepcionales, puede esperarse que la revelación de cierta información sobre el caso requerida por los párrafos 21.14 a 21.16 perjudique seriamente la posición de la entidad en la disputa sobre la supuesta infracción de patente.
Al 31 de diciembre de 20X1, la entidad:
Los hechos son iguales a los de la Pregunta 6. Sin embargo, en este ejemplo, los abogados de la entidad creen que hay un 60 por ciento de probabilidad de que el tribunal desestime el caso y la entidad no tenga que incurrir en salidas de beneficios. Al 31 de diciembre de 20X1, la entidad:
El 20 de febrero de 20X5, antes de que se autorice la publicación de los estados financieros de la entidad del 31 de diciembre de 20X4, un tribunal ordenó a la entidad el pago de daños por 120.000 u.m. en concepto de liquidación definitiva de un juicio por infracción de patentes contra la entidad iniciado por uno de sus competidores. La infracción de patente tuvo lugar en 20X3. El importe por daños otorgado al competidor superó significativamente el monto de 10.000 u.m. a 30.000 u.m. que la entidad esperaba, justificadamente, tener que pagar a lo largo del caso. La entidad no impugnará la sentencia.
En sus estados financieros anuales del 31 de diciembre de 20X3, la entidad informó un pasivo de 20.000 u.m para el litigio; esta estimación se realizó adecuadamente, en función de toda la evidencia disponible al momento en que los estados financieros se autorizaran para su publicación.
En sus estados financieros del 31 de diciembre de 20X4, la entidad:
Al 31 de diciembre de 20X1, una entidad tiene pendiente una demanda contra una compañía aseguradora. Se espera que el tribunal emita el fallo a fines de diciembre de 20X2. A la fecha sobre la que se informa (31 de diciembre de 20X1), el desenlace del caso es incierto.
Los abogados de la entidad creen que hay un 70 por ciento de probabilidad de que la entidad gane el caso. También creen que hay un 20 por ciento de probabilidad de que la entidad reciba una indemnización de 200.000 u.m. (importe exigido por la entidad) y un 80 por ciento de probabilidad de que reciba una indemnización de 100.000 u.m. (importe otorgado recientemente por el mismo juez en un caso similar). Es poco probable que haya otros desenlaces.
Para reflejar las incertidumbres en las estimaciones del flujo de efectivo, se considera adecuado un factor de ajuste por riesgo del 7 por ciento en los flujos de efectivo esperados ponderados por la probabilidad.
Una tasa de descuento adecuada es del 10 por ciento por año.
Al 31 de diciembre de 20X1, la entidad: