Inicio Foros 35 TRANSICIÓN A LOS ESTANDARES INTERNACIONALES PARA LAS PYMES Reconocimiento de terrrenos por avalúo catastral

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    • #4497
      blacas68
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      Según la sección 35, una entidad que adopta por primera vez las NIIF puede optar por utilizar una revaluación según los PCGA anteriores.

      ¿En el Estado de Situación Financiera de Apertura se podría reconocer un terreno por su avaluó catastral?, lo anterior es debido a que en algunas circunstancias el avaluó por un perito para un terreno, puede resultar demasiado costoso y algunas empresas no estarían en la capacidad económica de pagarlo.

    • #4654

      No, el avaluó catastral sirve como base para el cálculo de impuesto, y por ende tiene componentes fiscales que pueden distorsionar el valor comercial, real, de este tipo de activos; en caso de que el pago de un avaluó técnico sea muy costoso para la entidad, y pueda afectar el negocio en marcha, se puede optar por reconocer el bien usando la exención de “Revaluación como costo atribuido” según lo explica la sección 35 se la NIIF para Pymes, Párrafo 35.10 literal d.

      Adicionalmente, vale la pena recordar que el avaluó catastral no es no método técnico y que solo existen:

      • Costo (siempre y cuando refleje la realidad económica)
      • Revaluación como costo atribuido (sección 35)
      • Valor Razonable como costo atribuido (sección 35)
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