Editoriales 2

¿Qué Tasa de Interés Efectivo de Descuento se Utiliza para Créditos a Empleados Sin Intereses?

Es habitual que entidades realicen créditos directos a sus empleados sin el cobro de intereses. Es claro que al no cobrar intereses la entidad está otorgando “beneficios a sus empleados” de manera directa, puesto que de otra forma el empleado tendría que acudir a un endeudamiento con el consecuente pago de intereses. Esta práctica conlleva a que se identifique el efecto relevante de su cálculo.

Para determinar el criterio o juicio que un preparador de Estados Financieros debe considerar al manejar información financiera, debe tener en cuenta los distintos principios de contabilidad. Por ello hemos de analizar al menos algunos de ellos.

El párrafo 2.6 de la Sección 2 Principios y Conceptos Generales establece que: “La información es material -y por ello es relevante-, si su omisión o su presentación errónea pueden influir en las decisiones económicas que los usuarios tomen a partir de los estados financieros” y el párrafo 2.13 de la misma sección establece que: “Los beneficios derivados de la información deben exceder a los costos de suministrarla

El crédito a un empleado es un instrumento financiero de deuda y por ende debe medirse al costo amortizado que incluye capital e intereses (ver párrafo 11.14 literal a.)

La sección 11 Instrumentos financieros básicos en el párrafo 11.14 cita: “…Si el acuerdo constituye una transacción de financiación, la entidad medirá el instrumento de deuda al valor presente de los pagos futuros descontados a una tasa de interés de mercado para un instrumento de deuda similar

Cuando hablamos de un instrumento de deuda similar, el material de entrenamiento  hace mención  de la siguiente manera; “El instrumento de deuda similar debe ser semejante en lo que respecta a la moneda de transacción, plazo de financiación, calificación crediticia del prestatario, tasa de interés que el prestatario, en circunstancias normales, pagaría sobre dicho tipo de transacción de financiación y otros factores.”

Según lo anterior se debe usar una tasa de interés, teniendo al prestatario como una de las variables, lo que implica que posiblemente existan instrumentos de deuda con diferentes tasas de descuento, en ese sentido, una entidad no debe de aplicar como tasa de descuento, la tasa que el banco usaría con ella al momento de realizar un préstamo, sino, la tasa a la que probablemente, el empleado podría obtener el préstamo.

Como puede observarse, el requerimiento del estándar tiene cierto grado de rigurosidad y por ello se recomienda establecer juicios que determinen su verdadero efecto en los Estados Financieros.

Con el apoyo de Andrés Felipe Micolta – Certificado ACCA en NIIF para las  Pymes

3 comentarios

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  • Es muy importante el aporte, también se debe ampliar el hecho que la Niif en el párrafo 11. 15 establece “Los activos financieros y pasivos financieros que no tengan establecida una tasa de interés y se clasifiquen como activos corrientes o pasivos corrientes se medirán inicialmente a un importe no descontado de acuerdo con el párrafo 11. 14 (a). Por lo tanto, el apartado (c) anterior no se aplica a estos”.
    Entonces de acuerdo con eso se podría llegar al análisis que de acuerdo con lo establecido en la política de cuentas por cobrar de establezca el corto plazo, si los créditos a empleados entran en el rango se deberá medir a su costo.

    Agradezco cualquier aporte o corrección a esta interpretación.

    Lina Marcela Sandoval
  • ¿La entidad puede determinar en su política contable que los prestamos a empleados no se calcularán al costo amortizado si estos no superan un determinado tiempo?

    Alí Sánchez
    • No se puede tener una política que vaya en contra del estándar, es decir, si se decide no cobrar intereses, de todas maneras se debe aplicar el Método del Costo Amortizado.

      Cabe aclarar que se debe tener en cuenta el principio de costo-beneficio para evaluar el efecto financiero e incluso el de esfuerzo desproporcionado para los casos de que sean muchos empleados y no se cuente con la capacidad humana para realizar tantos cálculos. Al combinar estos principios se podría tener un motivo para no aplicar dicho método.

      Lo anterior, implica una REVELACIÓN en las Notas a fin de explicar porqué no se realizaron los cálculos respectivos de INTERESES IMPLICITOS

      Edmundo Alberto Florez Sánchez

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