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Definiendo el concepto de “políticas contables” el párrafo 10.2 del estándar de información financiera para pymes establece que “Son políticas contables los principios, bases, convenciones, reglas y procedimientos específicos adoptados por una entidad al preparar y presentar estados financieros”.

Por lo tanto, un cambio en la forma de presentar la situación financiera o los estados financieros de una entidad, se considera como un cambio de política contable.

El cambio de política contable se debe realizar de forma retroactiva, es decir, si el Estado Financiero se presentó en el periodo anterior bajo otra política, se debe re expresar para que sea comparable.

Según el párrafo 10.12 “Cuando se aplique un cambio de política contable de forma retroactiva de acuerdo con el párrafo 10.11, la entidad aplicará la nueva política contable a la información comparativa de los periodos anteriores desde la primera fecha que sea practicable, como si la nueva política contable se hubiese aplicado siempre.”

Esto implica que si en un periodo anterior el Estado de Situación Financiera fue clasificado entre partidas Corrientes y No Corrientes, la misma información ahora debe ser clasificada por Liquidez, de tal manera que el presente periodo pueda ser comparado con el anterior. El resultado final no va a cambiar pero si su presentación.

Se debe recordar que según el párrafo 10.08 solo se pueden realizar cambios de políticas contables cuando dicho cambio mejora la comprensión de la información presentada:

Una entidad cambiará una política contable solo si el cambio:

(a) es requerido por cambios a esta NIIF, o

(b) dé lugar a que los estados financieros suministren información fiable y más relevante sobre los efectos de las transacciones, otros sucesos o condiciones sobre la situación financiera, el rendimiento financiero o los flujos de efectivo de la entidad.

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